Qué es el Cap

Con la aprobación del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, se realiza la transposición, a nuestro ordenamiento interno, de la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003, relativa a la cualificación inicial y a la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, y se establece una nueva formación obligatoria para determinados conductores profesionales.

Con ello, se trata de conseguir conductores profesionales mejor cualificados y adaptados a las nuevas exigencias del mercado del transporte por carretera y, en definitiva, mejorar la calidad y la seguridad tanto del tráfico, como de los propios conductores.

En qué consiste

La nueva formación tiene una doble vertiente. Por un lado, se establece la necesidad de una cualificación INICIAL que mediante el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP), supone que quien lo posee ha superado un curso y el correspondiente examen en su comunidad autónoma que es de 100 preguntas, lo que acredita, junto con el permiso de conducción su aptitud profesional. El CAP acredita, junto con el permiso de conducción, la aptitud profesional de quien lo ha obtenido. Por otro lado, se determina la necesidad de una formación continua que tiene por finalidad profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtención del Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificación inicial y supone mantener actualizados los conocimientos esenciales inicialmente exigidos para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié, en la seguridad y la racionalización del consumo de carburante.

A qué conductores va dirigido

La nueva formación obligatoria es necesaria para la conducción por vías públicas de vehículos de empresas, sean de transporte público o privado, establecidas en cualquier estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D ó D+E, salvo que se trate de alguno de los vehículos exentos.

Para qué vehículos no es exigible el CAP

El CAP no es exigible para la conducción de los siguientes vehículos:

  • Los de hasta 3.500 kg de MMA.
  • Los que no superan los 45 km/h de velocidad máxima.
  • Aquellos vehículos utilizados por los servicios de las fuerzas armadas, protección civil, bomberos y cuerpos y fuerzas de seguridad o bajo el control de los mencionados organismos.
  • Aquellos vehículos de ensayo sometidos a pruebas en carretera con fines de mejora técnica o mantenimiento, y los nuevos y transformados que todavía no se hayan puesto en circulación.
  • Utilizados en situaciones de emergencia, o destinados a misiones de salvamento.
  • Utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducir (o CAP).
  • Utilizados para el transporte privado particular de viajeros o mercancías.
  • Que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción no represente la actividad principal del conductor.

A partir de cuando es exigible la formación CAP

CURSOS DE FORMACION INICIAL ACELERADA U ORDINARIA

  • A partir del 11/09/2008: Para conductores que obtengan los permiso D1, D, D1+E, D+E.
  • A partir del 11/09/2009: Para conductores que obtengan los permiso C1, C1, C1+E, C+E.

Estarían exentos de esta formación inicial los titulares de estos permisos con fechas anteriores.

IMPORTANTE: Si un conductor es titular de los mencionados permisos con fecha anterior a las señaladas está exento de cualificación inicial. El curso de Mercancías Peligrosas ADR (Básico + Cisternas) se puede obtener al realizar un curso CAP de mercancías Inicial Acelerado.

CURSOS DE FORMACIÓN CONTINUA: 35 HORAS. SIN EXAMEN

Los titulares de estos permisos con fechas anteriores, tendrán que obtener el primer Certificado de Aptitud profesional acreditativo de haber superado un curso de formación continua de 35 horas según el calendario y terminación del permiso que se indican a continuación:

PARA PERMISOS D1, D, D1+E, D+E:

  • Permisos de conducción cuyo número termine en 1 ó 2, antes del 10/09/2011.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10/09/2012.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 5 ó 6, antes del 10/09/2013.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10/09/2014.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 9 ó 0, antes del 10/09/2015.

PARA PERMISOS C1, C1+E, C, C+E:

  • Permisos de conducción cuyo número termine en 1 ó 2, antes del 10/09/2012.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 3 ó 4, antes del 10/09/2013.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 5 ó 6, antes del 10/09/2014.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 7 u 8, antes del 10/09/2015.
  • Permisos de conducción cuyo número termine en 9 ó 0, antes del 10/09/2016.

Cómo se obtiene la cualificación inicial

El Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores podrá obtenerse, según la duración del curso de formación, mediante dos modalidades: Ordinaria y Acreditativa, según la edad y el tipo de vehículo a conducir, sin que sea preciso ser previamente titular del permiso de conducción.

TIPOS DE CUALIFICACIÓN INICIAL

  • 1. ORDINARIA: Curso de 280 horas + Examen.
  • 2. ACELERADA: Curso de 140 horas + Examen.

Duración

El curso CAP es teórico-práctico, y el programa de materias para la cualificación inicial, tanto de mercancías como de viajeros, versa sobre las siguientes materias:

  • Conducción racional basada en normas de seguridad.
  • Aplicación de la reglamentación.
  • Salud, seguridad vial y medioambiental, servicio y logística.
C INICIAL ACELERADA C INICIAL ORDINARIA
Conducción racional 65 horas 130 horas
Seguridad 55 horas 110 horas
Reglamentación 20 horas 40 horas
Total de horas 140 horas 280 horas
Horas prácticas de conducción individual 10 horas 20 horas

El exámen

El examen consta de 100 preguntas tipo test con 4 respuestas alternativas. Las respuestas correctas se valoran con 1 punto y las erróneas se penalizan con 0.5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuestas no puntúan. Para aprobar es necesario obtener una puntuación de al menos 50 puntos. Tendrá una duración de, al menos, 2 horas.

A quienes superen el examen, el órgano competente reconocerá el cumplimiento del requisito de cualificación inicial, y expedirá a su favor el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional, anotando dicha expedición en el correspondiente registro. Además, se expedirá a cada uno de los aspirantes que hubiesen aprobado el examen de cualificación inicial la correspondiente tarjeta de cualificación, con un período de vigencia máximo de 5 años, que se inscribirá en el registro.